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Salud

ARTICULO
"DELARACION DE BRIGHTON SOBRE LA MUJER Y EL DEPORTE
"
Por Esperanza Cerón V.
 
La Primera Conferencia Internacional sobre la Mujer y el Deporte - que congregó a responsables de políticas y encargados de la toma de decisiones del ámbito deportivo tanto nacional como internacional - se celebró del 5 al 8 de mayo de 1994 en Brighton, Reino Unido. Fue organizada por el Consejo Británico del Deporte (British Sport Council) con apoyo del Comité Olímpico Internacional. La Conferencia examinó específicamente cómo se podría acelerar el proceso de cambio para rectificar los desequilibrios que enfrentan las mujeres que compiten y participan en ámbito deportivo.

La Declaración resultante fue aprobada por 280 delegados provenientes de 82 países y representantes de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, comités olímpicos nacionales, federaciones deportivas internacionales y nacionales, así como institutos de educación e investigación. La Declaración establece los principios que regirán las medidas orientadas a incrementar la participación de la mujer en todos los niveles, funciones y papeles del ámbito deportivo.

Asimismo, la Conferencia acordó establecer y elaborar una estrategia internacional para el deporte femenino que incluya a todos los continentes. Dicha estrategia deberá ser adoptada y respaldada por las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales vinculadas con el fomento del deporte. Dicho enfoque estratégico internacional permitirá a las naciones y federaciones deportivas compartir programas, modelos y avances, acelerando de esa manera la evolución hacia una cultura deportiva más equitativa en todo el mundo.

PREÁMBULO

El deporte es une actividad cultural que, practicada justa y equitativamente, enriquece la sociedad y la amistad entre naciones. Es une actividad que ofrece a los individuos la oportunidad de conocerse mejor, expresarse, y cumplir algo; de realizar el éxito personal, adquirir habilidades y demostrar su capacidad; en fin, el deporte es una actividad social y agradable, que fomenta la salud y el bienestar. El deporte formenta la participación, integración y responsabilidad en la sociedad, y contribuye al desarrollo de la comunidad.

El doporte y las actividades deportivas forman una parte esencial de la cultura de cada nación. No obstante, a pesar de que las mujeres y chicas forman más de la mitad de la población mundial, el porcentaje de su participación en el deporte, aunque variEde paú en paú, queda siempre inferior al porcentaje de los hombres y chicos.

Durante los últimos años se ha visto un aumento en la participación femenina en el deporte y en las oportunidades para mujeres de participar en arenas nacionales e internacionales; sin embargo las mujeres no han llegado a disfrutar una mayor representación en puestos de desición y dirección del deporte.

Las mujeres están sensiblemente subrepresentadas en las funciones de director, entrenador y juez, especialmente a los niveles más altos. Mientras que no haya mujeres que dirijan, decidan o sirvan de modelo dentro del deporte, no habrEigualdad de oportunidades para las majeres y chicas.

Las experiencias, los valores y las opiniones de las mujeres pueden enriquecer, realzar y desarrollar el deporte. Igualmente, la participación al deporte puede enriquecer, realzar y desarrollar la vida de cada mujer.

A. ALCANCE Y OBJETIVOS DE LA DECLARACIÓN

1. ALCANCE

La presente Declaración se dirige a todos los gobiernos, autoridades públicas, organismos, empresas, establecimientos de educación e investigación, asociaciones de mujeres y demás responsables directos o que ejerzan influencia, directa o indirectamente, sobre la conducción, el avance o la promoción del deporte, o que estén de alguna manera vinculados con el empleo, educación, gestión, entrenamiento, perfeccionamiento o protección de la mujer en el ámbito deportivo. Esta Declaración será complemento de todas las cartas y leyes, códigos, reglas y reglamentos relativos a la mujer o al deporte.

2. OBJETIVOS

El objetivo predominante es fomentar una cultura deportiva que permita y valore la participación plena de la mujer en todos los aspectos del deporte.

En interés de la igualdad, el desarrollo y la paz, los organismos gubernamentales y no gubernamentales, al igual que todas las instituciones interesadas en el deporte deberán comprometerse a aplicar los principios establecidos en la presente Declaración elaborando las políticas y creando las estructuras y mecanismos correspondientes para:

  • Asegurar que todas las mujeres, jóvenes y niñas tengan la oportunidad de participar en el deporte en un ambiente seguro y alentador, que proteja los derechos, la dignidad y el respeto del individuo.

  • Incrementar la participación femenina en todos los niveles, funciones y papeles del ámbito deportivo.

  • Garantizar que los conocimientos, experiencias y valores de la mujer contribuyan al fomento del deporte.

  • Promover el reconocimiento de la participación femenina en el deporte como contribución a la vida pública, al desarrollo de la comunidad y a la construcción de naciones sanas.

  • Alentar a las mujeres a reconocer el valor intrínseco del deporte y su contribución a la expansión individual y a una vida sana.

B. PRINCIPIOS

1. EQUIDAD E IGUALDAD EN LA SOCIEDAD Y EN EL DEPORTE

a. Los estados y gobiernos tomarán todas las medidas necesarias para asegurar que las instituciones y organizaciones responsables de deportes acaten las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

b. La igualdad de oportunidades para competir y participar en el ámbito deportivo - ya sea con fines de ocio o recreo, promoción de salud o competencia de alto nivel - es derecho de toda mujer, independientemente de su raza, color, idioma, religión, creencia, orientación sexual, edad, estado civil, discapacidad, convicción o afiliación política, origen nacional o social.

c. Los recursos, poder y responsabilidad deberán ser asignados con justicia y sin discriminación de género, pero dicha asignación deberá rectificar los desequilibrios injustos de ventajas que tengan las mujeres y los hombres.

3. DEPORTE ESCOLAR Y JUVENIL

La participación femenina en el deporte depende del número, diversidad y acceso de las instalaciones deportivas. La planificación, diseño y gestión de estas últimas deberán satisfacer de modo adecuado y equitativo las necesidades específicas de las mujeres de la comunidad en cuestión, prestando atención especial a la necesidad de contar con guarderías infantiles y seguridad.

4. DESARROLLO DE LA PARTICIPACIÓN

La participación femenina en el deporte está relacionada con la gama de actividades disponibles. Los responsables de servicios y programas deportivos deberán ofrecer y promover actividades que respondan a las necesidades y ambiciones de las mujeres.

5. DEPORTE DE ALTO NIVEL

a. Los gobiernos y organismos deportivos deberán ofrecer a la mujer una oportunidad igual para realizar su potencial deportivo, asegurando que todas las actividades y programas relativos al mejoramiento del desempeño deportivo tengan en cuenta las necesidades específicas de las atletas.

b. Los patrocinadores de atletas de élite y(o) profesionales deberán asegurar que las oportunidades de competir, los premios, incentivos, reconocimientos, patrocinios, promociones y demás formas de apoyo sean asignados de manera justa y equitativa entre ambos sexos.

6. LIDERAZGO EN EL ÁMBITO DEPORTIVO

La mujer está sub-representada en las funciones de liderazgo y toma de decisiones en todos los organismos deportivos y vinculados al deporte. Los responsables de dichas áreas deberán elaborar políticas, crear programas y establecer estructuras para incrementar el número de entrenadoras, asesoras, encargadas de toma de decisiones, jueces deportivas, administradoras y personal deportivo femenino en general, en todos los niveles del ámbito deportivo, prestando atención especial al reclutamiento, perfeccionamiento profesional y mantenimiento del personal.

7. EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y DESARROLLO

Los responsables de educar, capacitar y formar entrenadores y demás personal de deportes deberán asegurar que los procedimientos y experiencias de enseñanza: integren las cuestiones relativas a la equidad de género y las necesidades de las atletas; reflejen equitativamente el papel de la mujer en el deporte; tengan en cuenta las experiencias, valores y actitudes de la mujer en materia de liderazgo.

8. INFORMACIÓN E INVESTIGACIONES SOBRE EL DEPORTE

Los responsables de investigaciones y suministro de información sobre el deporte deberán elaborar políticas y programas destinados a mejorar el conocimiento y percepción general sobre la participación de la mujer en el deporte, asegurando asimismo que las normas y reglamentos se basen en investigación realizada sobre ambos sexos.

Las personas responsables de la asignación de recursos han de garantizar la disponsibilidad de medios para apoyar a las deportistas, los programas femeninos, y las medidas especiales para promover la presente Declaración de Principios.


9. RECURSOS

Los responsables de la asignación de recursos deberán asegurar que se brinde apoyo a las deportistas, los programas deportivos para mujeres y las medidas especiales que hayan sido adoptadas para promover la presente Declaración de Principios.

10. COOPERACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL

Los organismos gubernamentales y no gubernamentales deberán integrar las cuestiones de promoción de la equidad de género y el intercambio de prácticas recomendadas a las políticas y programas de deporte en su cooperación con otros organismos, tanto en el ámbito nacional como internacional.