"En la antigüedad aparece la figura dramática
de Antígona, que defiende frente al rey Creonte los derechos
“de la ley dejada atrás, caída en el olvido,
sepultada a veces: el perenne principio más allá
por encima de los dioses y de los humanos” que ha dejado
de ser respetada (Graciela Hierro, La Vocación de Antígona,
1991, p.8). Por eso Antígona se presenta como un ancestro
mítico importante, figura paradigmática para todas
las mujeres que desean defender sus derechos (Monique Dumais,
Les Drois des Femmes, 1992, p. 7). A raíz de la obtención
de los derechos civiles, en las mexicanas surge la invitación
para reflexionar sobre los derechos humanos de las mujeres.
Sin embargo, cabe preguntarse por qué hablar de “derechos
de las mujeres”, ¿acaso no son ellas seres humanos?,
y como tales se deberían incluir en la discusión
de los derechos de los hombres ¿Qué las mujeres
no pertenecen al genérico hombre? ¿Se les niega,
por azar, la pertenencia a la naturaleza humana? Las preguntas
anteriores parecerían absurdas, pues en ese sentido los
derechos “del hombre serían necesariamente también
de las mujeres. Pero la teoría política muestra
contradicciones sobre las aseveraciones anteriores y la práctica
lo confirma. Obviamente me refiero a la carencia tradicional
de los derechos de las mujeres, independientemente de las declaraciones
universales de igualdad cristiana, liberal y marciana. La igualdad
política entre géneros no se reconoce hasta el
siglo XX, y al final de éste aún vivimos desigualdades.
Es desde la perspectiva de género que la contradicción
resulta flagrante y las respuestas no parecen superfluas. Esta
es la teoría contestataria a las visiones tradicionales
en las cuales el hombre es el paradigma del ser, el saber, el
hacer y el merecer. El género aparece como la construcción
social asimétrica que cada cultura confiere a sus miembros,
en esa lectura de la diferencia sexual. Desde la mirada de género
y partiendo de la diferencia de la socialización de ellos
y ellas, surge la necesidad de revisar el paradigma tradicional
de lo humano: el hombre, constatar las diferencias y asegurar
las igualdades. Desigualdades que se erigen desde el Génesis,
y que encontramos prácticamente en la mayor parte de
los relatos de la creación u origen de la humanidad;
desde la inferioridad de la costilla, hasta aquellas reflexiones
que nos niegan la posesión del alma inmortal. Desigualdades
que transitan también por el pensamiento racional paradigmático
de occidente, aquél que arranca de la filosofía
griega, específicamente de la Política de Aristóteles,
quien señala que las mujeres en su desarrollo óptimo
sólo pueden alcanzar –en el mejor de los casos–
el de un adolescente, ¿Y las Diótimas? Excepciones
que confirman la regla. Los sabios por naturaleza son hombres,
y esto lo sabemos por La Enciclopedia, cristalización
del saber humano, masculino.
Por
los derechos
En la modernidad, plena era de los derechos
humanos, que se precia de haber superado viejas servidumbres,
la lucha de las mujeres por sus derechos humanos todavía
tiene que pugnar por el derecho al cuerpo, al lugar que queremos
jugar en el mundo privado y en mundo público. No porque
las mujeres seamos platónicas y aceptemos la idea de
que ambos mundos son irreductibles: el privado y el público,
sino porque la división genérica fracciona la
vida cotidiana, confinándonos a uno de los polos de la
dicotomía. Pero, comencemos por el principio para comprender
toda la historia. ¿Qué fue lo que hizo que de
pronto las mujeres dudaran de la justicia de su situación
frente a los derechos humanos? La respuesta la encontramos en
un movimiento político: el feminismo.
Hay muchas formas de comprender el feminismo
o existen muchos feminismos. Aquí voy a referirme al
feminismo como política de género (Ethel Klein,
Gender Politics, p. 3). Esta es una ideología política
que argumenta que las mujeres y los hombres deben tener igualdad
de roles en la sociedad. Descubre que las mujeres no han tenido
apoyo en el hogar y en el mercado de trabajo por dos condiciones
básicas: primero, por discriminación, y segundo
por carecer de instituciones adecuadas que atendieran sus derechos.
La discriminación obviamente se refiere a no conceder
a la otra la calidad de ser humano como yo, como se apunta arriba.
Y las instituciones sociales, por adolecer de justicia. El movimiento
de mujeres –que surge en 1970 en Norteamérica y
en algunos países europeos– es un movimiento de
liberación, que se constituye como el primero de carácter
social que levanta demandas para lograr la igualdad de las mujeres.
Se inicia como movimiento de protesta y va desarrollándose
y organizándose en forma sofisticada de cabildeo político,
capaz de suscitar legislaciones, litigios y cuotas en los países
más desarrollados. En suma, apoya campañas políticas
para la defensa de los derechos de las mujeres, y trae consigo
esfuerzos para definir sus intereses en un pensamiento que los
articula para llamar la atención del mundo público.
Por primera vez las mujeres comienzan a orientar su voto con
el pensamiento de encontrar lo mejor para ellas; así
como preguntarse lo que piensan las mismas mujeres acerca de
qué es lo óptimo para su país. Se inicia
así la politización de la discriminación
(Cfr. op. cit.).
Un movimiento político surge cuando
se sospecha que se pueden levantar legítimamente demandas,
hacer uso de los espacios políticos. En una palabra,
que es posible autoconferirse personalidad política y
reclamar el reconocimiento correspondiente cuando se piensa
que el gobierno tiene alguna responsabilidad en la solución
de los problemas que se padecen. En esa medida se politizan
los problemas. Por ejemplo, cuando las mujeres (y los hombres)
buscan la igualdad que antes creían que no era relevante,
o se culpaban a si mismas/os de no alcanzarla. Esta búsqueda
de igualdad en las mujeres surgió cuando comprendieron
que sus problemas eran compartidos por otras como ellas. El
grupo atribuyó entonces la causa de su malestar a las
condiciones sociales, tales como la discriminación. A
partir de ese momento el movimiento de mujeres requirió
de una solución política.
Así sucedió durante la
Revolución Francesa, cuando Les cahiers de Doléance
(Hierro, G., Del abanico a la guillotina, 1992) se tornan en
protestas políticas. La conciencia del grupo es el paso
a la creencia de que los males que les suceden, y el trato injusto,
son causados por la pertenencia a un colectivo, más bien
que por la falta de habilidad o esfuerzo personal. La conciencia
de género es una condición necesaria, aunque no
suficiente, para la actividad política. Se requiere además
de la filiación, entendida ésta como el reconocimiento
de la membresía al genérico femenino que marca
el inicio para compartir intereses en el movimiento feminista.
En ese horizonte Poullain de la Barre, escritor francés
autor de La educación de las damas (1673), fue leído
por John S. Mill y Harriett Taylor en Inglaterra, inspirándoles
sus famosos Essays on Sex Equality, donde piden “la igualdad
perfecta de los géneros, para tener acceso al mejoramiento
de la condición humana”. Poullain también
influenció profundamente a Simone de Beauvoir. Olimpia
de Gouges –con su Carta de los derechos de la mujer y
de la ciudadana en 1971– dedica a María Antonieta
su escrito a favor de las mujeres. Y por su lucha política,
como “hombre de Estado”, fue guillotinada en 1793.
Las mujeres aún no podían votar, pero si morir
en la guillotina.
Condorcet es sin duda el campeón
que influencia el mecanismo de la acción femenina revolucionaria
(Histoire du feminisme francais, 1977, p. 23). Todos estos hombres
ilustrados eran cartesianos que aceptaban que “el buen
sentido” necesariamente está igualmente repartido
en ambos sexos.
Sin embargo, ni los hombres ni las mujeres
han tenido hasta ahora la conciencia de las mujeres como grupo.
Las afiliaciones femeninas tradicionalmente han sido con la
familia, etnia o religión, pero no basadas genéricamente.
Para que surgiera el movimiento feminista fue vital que las
mujeres se dieran cuenta de que ciertos problemas que las aquejaban
se debían precisamente al hecho de ser mujeres. Los movimientos
de mujeres han desarrollado la solidaridad con el objetivo de
unir fuerzas para conquistar sus derechos y su autonomía.
Vivir
como iguales
La
autonomía surge como la primera fase de la larga lucha
por los derechos (Monique Dumais, Les Droits de la Femme, 1992,
p. 66). Se define como la posibilidad de trazar la propia ruta,
de ser independiente en la toma de decisiones y en la autorregulación
de la conducta. Se trata de la libertad “de espíritu,
de corazón y de conciencia, sin olvidar la libertad de
espacio”, que pedía Gabrielle Suchon en 1693 en
Francia (ibid). La libertad “de ruido de comunidad”
al que se refería Sor Juana en su Respuesta a
Sor Filotea de la Cruz como posibilidad de vida intelectual.
La autonomía corporal es sin duda la condición
de toda libertad posible. El control del propio cuerpo da la
garantía de ser persona, que se pierde cuando está
bajo la dependencia de otros: sean médicos, psicólogos,
psiquiatras, psicoanalistas, filósofos, teólogos,
legisladores, curas. Los hombres, de maneras muy diversas –por
su mera pertenencia genérica o por su adscripción
profesional–, disponen del cuerpo femenino. Es por ello
que las mujeres sienten la necesidad y la urgencia de reapropiarse
de su cuerpo. Descubren que la ideología liberal de la
propiedad privada también se extiende al acaparamiento
de su sexualidad. Hemos, pues, de desarrollar prácticas
liberadoras.
La
autonomía que las mujeres pueden ejercer en este sentido
es múltiple. Comienza por la salud física y mental,
el goce de su sexualidad, la regulación de su fecundidad;
en fin, la salvaguarda de la integridad de su cuerpo contra
todo tipo de violencia (ibid, p. 68). Cada uno de los apartados
anteriores debe ser reflexionado en profundidad por ellas y
en cada caso decidir la medida de su libertad. Como nuevas Antígonas
enfrentar la ley. Sin embargo, no basta que reclamemos y defendamos
nuestras reivindicaciones, si al mismo tiempo no nos integramos
como pares, iguales y reclamar los derechos que nos permitan
asumir nuestras maternidades sin prejuicios, en una empresa
compartida con los hombres (Cfr. Bunch, Ch., 1991). Justicia,
dignidad y responsabilidad, constituyen la sólida base
que orienta la visión final de los derechos humanos,
y que en el caso de las mujeres tiene como premisa: autonomía
sobre el cuerpo y en la relación familiar. Acceso igual
a todos los niveles de educación, al trabajo y a todas
las profesiones. Participación activa en la economía,
la política y las religiones. Esa es la utopía
que se vislumbra en la lucha por los derechos humanos de las
mujeres. Todo lo cual constituye la condición necesaria
para asegurar la salud mental.
Bibliografía
Albistur,
Maité, et al. 1997. Historie du femenism francais.
Paris: Editions des femmes.
Bunch,
Charlotte. 1991. Derechos humanos: una nueva visión.
Revista. Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del
Caribe. Isis Internacional Nº 2: 21-29.
Dumais,
Monique. 1992. Les droits des femmes. Paris:
Editions Paulines et Médiaspaul. Collection Interpellations.
Frazer,
et al (editores). 1992. A feminist reader.
Cambridge, Mass : Blacwell Publishers.
Hierro,
Graciela. 1991. “Del abanico a la guillotina”. En:
Gutiérrez Griselda (comp.). La Revolución
Francesa, doscientos años después. México,
D.F. Facultad de Filosofía y Letras. UNAM.
“La
vocación de Antígona”, Babel, Revista de
Cultura, año 1.
Irigaray,
Luce. 1992. “Droit, et devoir civils pour les deux sexes”.
En: Dumais, Monique. Les Droits des femmes.
Paris: Editions Paulines et Médiaspaul. Collection Interpelations.
Klein,
Ethel. 1984. Gender politics. Cambridge, Mass:
Harvard College, USA.
Fuente:
Etica
y derechos de las mujeres. Géneros. Asociación
Colimense de Universitarias. Universidad de Colima. Centro Universitario
de Estudios de Género, Nº 11, México. 1997.